Si usted es un empleador sujeto al impuesto sobre la nómina del seguro de desempleo de Oregon, presenta su informe de impuestos sobre la nómina y paga sus impuestos sobre la nómina trimestralmente. Si emplea a trabajadores domésticos o empleados domésticos, puede presentar su informe de nómina anualmente. Si presenta una declaración trimestral, los impuestos vencen el último día del mes después de finalizado un trimestre. Por ejemplo, el segundo trimestre finaliza el 30 de junio. Los informes y los impuestos vencen antes del 31 de julio. Si presenta una declaración anual, los impuestos vencen el último día de enero del año siguiente. Si la fecha de vencimiento cae en sábado, domingo o feriado legal, los informes y los impuestos vencen el siguiente día hábil.
Si usted es un empleador que tiene la obligación de depositar la retención estatal una vez al mes o más, también puede incluir un pago de impuestos del seguro de desempleo.
Sanciones e intereses
- Es posible que se le imponga un recargo por presentación tardía si recibimos su informe de nómina después de la fecha de vencimiento. El monto del recargo puede variar de un año a otro.
- Es posible que se le imponga un recargo del 10% si no paga su impuesto sobre la nómina después de recibir un Aviso de tasación de impuestos.
- Se le cobrará un interés del 1,5% por cada mes después del vencimiento de sus impuestos sobre la nómina. Los intereses solo se aplican a los impuestos adeudados, no a los intereses acumulados, los recargos o los costos legales. Los intereses se calculan si el pago se retrasa incluso un día.
- Si no puede pagar el monto adeudado en su totalidad, puede establecer un plan de pagos. Para hacer arreglos de pago, comuníquese con nosotros al 503-947-1368.
- Es posible que se le aplique un recargo adicional del 1% si no recibimos todos los pagos e informes antes del 1 de septiembre de cada año. El recargo del 1% se basa en la nómina imponible del año calendario anterior.
Aplicamos los fondos recibidos en el siguiente orden: primero a los costos legales (incluido el servicio de órdenes de pago generadas para cobrar la deuda), luego a los recargos, luego a los intereses y, por último, a los impuestos impagos.